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La nueva ley antitabaco entra en vigor

domingo, 2 de enero de 2011

Hoy ha entrado en vigor la ley antitabaco, que prohíbe fumar en todos los espacios públicos cerrados y en algunos al aire libre, como parques y lugares de ocio infantil, colegios y recintos hospitalarios.
El hecho de fumar donde no esté permitido, según esta  ley, se considerará una falta leve, siempre y cuando no se repita tres veces. 
La norma fue aprobada el pasado 21 de septiembre en el Congreso de los Diputados en su versión más restrictiva. Así que la norma aprobada por  la anterior ministra, Trinidad Jiménez, da prioridad a la prevención del tabaquismo en menores retrasando la edad de inicio del consumo, y a la protección de los fumadores pasivos, sobre todo a los trabajadores del sector hostelero.   
La ley define el espacio público como " todo lugar accesible al público o de uso colectivo, con independencia de su titularidad pública o privada", los transportes públicos o colectivos y terrazas con " un máximo de dos paredes".
Como toda norma, existe una excepción, y según esta ley se podrá fumar en las habitaciones que los dueños de hoteles habiliten para ello, con un máximo del 30 por ciento del local. Estas habitaciones deben ser fijas, estar separadas del resto y señalizadas con carteles. Los trabajadores no podrán acceder a ellas " mientras se encuentre un cliente en su interior, salvo caso de emergencia".
También se permitirá fumar en espacios al aire libre de universidades y centros " exclusivamente dedicados a la formación de adultos, siempre que no sean accesos inmediatos a los edificios o aceras circundantes".
Podrán también los socios de los clubes privados de fumadores que para ser considerados como tal deben ser " entidades con personalidad jurídica, carecer de ánimo de lucro y no incluir entre sus actividades u objeto social la comercialización o compra-venta". Tampoco podrán entrar la entrada de menores.
Además, podrán fumar los presos, pacientes de psiquiátricos de media y larga estancia e internos de residencias de mayores o discapacitados en zonas exteriores o en salas cerradas habilitadas, señalizadas y con ventilación independiente.


Se remite al Consejo Internacional de Salud la valoración de los tratamientos de deshabituación tabáquica y su posible inclusión en la cartera de servicios del Sistema Nacional de Salud.


 El Ministerio de Sanidad tendrá que remitir a las Cortes Generales cada dos años un informe de evaluación del impacto de esa reforma sobre la salud pública. La obligación se extenderá durante los cuatro años siguientes a la entrada en vigor de la norma.

 
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